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- MARTES 30 de Marzo del 2004 |
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Dra.
Ana María Recio
Doctora en Leyes.
Nota por: Luciana De Biase (L.)
Viene a charlar con nosotros sobre los derechos de las
parejas homosexuales respecto de las Obras Sociales, en
respuesta a un mail de Gabriel, de Olivos. |
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(L.):
- "Estoy en la compañía de la Dra.
Ana María recio, quien es abogaga.
Nos llego un mail de Gabriel, de Olivos. Gabriel pregunta
si su novio, con quien convive, puede ser beneficiario
de su Obra Social.
¿Cómo es este tema de la obra social? ¿Esta
contemplada la pareja homosexual en las obras sociales?"
(A. M. R.): - "Las leyes que hoy rigen a las
obras sociales se dictaron hace mas de 10 años
y por aquella época, si bien el tema existía,
no había salido a luz publica como ahora. Entonces
el sistema de obras sociales esta pergeneado, en principio,
para el trabajador y el grupo familiar primario conviviente."
(L.): - "¿Cuál es el grupo familiar
primario?."
(A. M. R.): - "Se entiende como grupo familiar
primario conviviente al cónyuge, los hijos y/o
familiares directos que habiten, que convivan con el trabajador,
o el pensionado, o el jubilado.
Cónyuge según nuestra legislación,
es una persona de otro sexo. Porque el matrimonio, según
la Ley Civil Argentina, es la unión de un hombre
y una mujer.
Por lo tanto, en principio, el sistema de obras sociales
cubre a un matrimonio heterosexual y su descendencia.
Ahora, en el año 2002 en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, se dicto una ley que crea un registro
de uniones civiles. Se entiende como unión civil
a una relación afectiva estable con un mínimo
de 2 años de antigüedad."
(L.): - "¿Esta ley también especifica
que la unión tiene que ser entre un hombre y una
mujer?."
(A. M. R.): - "No, no distingue sexos entonces
puede haber uniones civiles entre personas de ambos sexos.
Este registro que mencione se llega en el registro civil.
La pareja prueba la antigüedad de la relación
con testigos, luego se inscriben y la unión civil
se mantiene hasta que una o ambas partes, que conforman
esta unión, manifiesten su voluntad de no continuarla.
Esta Ley (Ley 1.004) establece que los titulares de estas
uniones civiles registradas tendrán los mismos
derechos que las leyes de la legislatura local otorga
a los cónyuges."
(L.): - "Entonces podrían ser beneficiarios
de la obra social."
(A. M. R.): - "Si, pero tendrían que
ser obras sociales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, porque son los beneficiarios de las normas de la
legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
es decir, aquellos beneficios que se dicten por y para
la ciudad de Buenos Aires.
De todos modos, aunque la Ley de obras sociales no contemple
a las parejas homosexuales no quiere decir que no puedan
ser aceptados, pero es un tramite que depende de la normativa
interna de cada obra social."
(L.): - "Por lo menos vemos que hay progresos
con este tema."
(A. M. R.): - "En el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sí.
Por lo menos se trata a la luz publica, es un tema que
existe, y se trata de proteger a las personas que necesitan
cobertura."
Comentario de cierre de bloque
por Luciana de Biase:
-"A pesar de que la Ley va avanzando respecto a este
tema, no es tan positivo que nuestra propia ley sea la
que marca la diferencia entre las personas. Ojalá
algún día nuestra Ley sea igual, de verdad,
para todos los Argentinos" |
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Mariela
Rodriguez (M. R.) y Cristina Block (C. B.)
Asociación Argentina de Osteogenesis Imperfecta.
huesosdecristal@yahoo.com.ar - 4544-9568
Nota por: Carla Bazán
(C.)
Vuelven a visitarnos para hablar sobre la gente con "Huesos
de Cristal". |
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(C.):
- "Estamos con Mariela y Cristina que nos van a contar
que es la osteogenesis imperfecta."
(C. B.): - "La osteogenesis imperfecta es
una enfermedad en la cual tenemos los huesos muy frágiles
y por eso podemos fracturarnos con un golpe, con un susto,
puede ser una fractura espontanea."
(C.): - "¿Tiene que ver con el calcio
de los huesos?."
(C. B.): - "Tiene que ver con deficiencias
del colágeno, fabricamos el colágeno mal,
entonces no absorbemos correctamente el calcio y esto
produce que los huesos se desarrollen de manera diferente
y que no tengan la fuerza que tienen en una persona normal."
(M. R.): - "El colágeno cumple la función
de adherente, es un pegamento de los tejidos, al ser de
mala calidad provoca que el fósforo y el calcio
se pierdan; y estos son los componentes principales para
hacer un hueso sano.
Entonces el hueso nunca termina de metabolizar y constantemente
esta haciendo reabsorción, osea lo que provoca
que todo el tiempo se despidan componentes que el hueso
necesita, el resultado es un hueso muy frágil,
transparente, curvo y conlleva infinidad de problemas
en todo el esqueleto."
(C.): - "¿Hay distintos niveles de
osteogenesis imperfecta?."
(M. R.): - "Hasta la fecha hay 4 niveles conocidos.
La osteogenesis imperfecta tiene una serie de características
que predominan mas en unos que en otros, porque el colágeno
puede ser mas o menos defectuoso, por eso un médico
llamado Silens clasifico a la osteogenesis imperfecta
en distintos niveles según la incidencia de estas
características."
(C.): - "¿Cómo afecta a la piel?."
(M. R.): - "La piel es muy sensible. Por ejemplo
una picadura de mosquito, que en una persona normal solo
provoca una ronchita, en un niño con osteogenesis
imperfecta provoca un hematoma.
Las venas, el cabello, las uñas, todo el cuerpo
tiene colágeno, por eso, en general el cuerpo es
frágil."
(C.): - "Seguramente volveremos a hablar sobre
este tema porque hay mucho más por informar."
(M. R.): - "Si, realmente es una enfermedad
muy poco conocida y necesitamos que la gente sepa que
por la calle transitan personas con osteogenesis imperfecta,
y con las cuales hay que tener precauciones para no lastimarlas."
Comentario de cierre de bloque por Luciana de Biase:
-"Conocer, aprender y entender son 3 consignas que
debemos tener siempre en mente para esta gente tan especial:
"las personas con huesos de cristal"."
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PARA COMUNICARSE
CON LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE OSTEOGENESIS IMPERFECTA
PODES ESCRIBIR UN MAIL A: huesosdecristal@yahoo.com.ar
O LLAMAR AL 4544-9568.
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